Legislativas
Sesión ordinaria

La Legislatura aprobó la emergencia en los servicios públicos de energía y agua potable en la provincia

La Legislatura del Chubut, presidida por el vicegobernador Gustavo Menna, aprobó la emergencia en la prestación de los servicios públicos de energía eléctrica y agua potable.

Fue en la sesión ordinaria realizada este jueves y que fue presidida por el vicegobernador Gustavo Menna.

La Legislatura del Chubut, presidida por el vicegobernador Gustavo Menna, aprobó en la sesión ordinaria de este jueves, luego de las modificaciones realizadas en comisiones, la emergencia en la prestación de los servicios públicos de energía eléctrica y agua potable que brinda la Dirección General de Servicios Públicos la provincia, por el término de 18 meses.

Se trata del proyecto de ley número 72/24, presentado por la diputada del bloque Despierta Chubut Jacqueline Caminoa y que fue analizado de manera conjunta por las Comisiones de Presupuesto y Hacienda -que preside la misma legisladora-; y de Infraestructura, Servicios Públicos, Integración Regional e Internacional. Para el análisis y sus modificaciones había sido convocado el director general de Servicios Públicos, Sebastián De La Vallina.

Tras un debate en el que participaron la misma Caminoa, los integrantes del bloque oficialista Luis Juncos y Sergio Ongarato; el diputado del Frente de Izquierda Santiago Vasconcelos y el legislador de Arriba Chubut Emanuel Coliñir, el proyecto fue aprobado en general y en particular.

La emergencia establece la facultad al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, para “proveer los recursos económicos necesarios para la ejecución de las acciones tendientes a la atención de la emergencia, de forma de garantizar sin demoras la provisión de energía eléctrica y agua potable para la región, autorizando a la Dirección General de Servicios Públicos la contratación directa de los bienes y servicios indispensables para tal fin”.

Agrega que “las contrataciones directas que como régimen de excepcionalidad se implementa, deberán requerir un mínimo de dos presupuestos tomándose cómo válido el más conveniente para el Estado Provincial. Se establecerá como condición previa al pago de los insumos o equipamiento la entrega inmediata de los bienes adquiridos”.

El artículo 6°, modificado por propuesta del diputado Coliñir, autoriza “al Ministerio de Economía y Crédito Público, con carácter excepcional y extraordinario, a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para el cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley”. Y agrega que “deberá comunicar a la Honorable Legislatura de la Provincia, en un plazo de 5 días hábiles, el acto administrativo por el que se emitió la disposición”.

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