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Salud y restricciones

Provincia dictó el nuevo decreto en el marco de la pandemia de Covid-19 que rige hasta el 26 de mayo

Uno de los paisajes de la hermosa provincia.

Se mantienen las reuniones familiares hasta 10 personas, los horarios de circulación y las salidas de esparcimiento. Quienes ingresen desde la provincia de Buenos Aires o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán continuar presentando un PCR negativo.

El Gobierno Provincial dictó ayer el decreto N° 308 mediante el cual se establecen las condiciones de cumplimiento de las medidas preventivas vigentes por la pandemia de Covid-19 hasta el próximo 26 de mayo incluido, y se mantienen vigente las medidas preventivas para la circulación de las personas y la imposibilidad de realizar reuniones con más de 10 participantes o asistentes en todas las localidades y ciudades de Chubut.

El decreto, firmado ayer por el gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, en acuerdo general de ministros, establece que la circulación de las personas estará habilitada en todas las localidades de la provincia, de acuerdo al siguiente cronograma: de lunes a jueves, entre las 6 y 0,30 horas del día siguiente; de viernes a domingo, entre las 6 y 1,30 horas del día siguiente.

Están exceptuados de dar cumplimiento a dicha restricción, el personal afectado a actividades esenciales, a los fines de las tareas desarrolladas.

Las personas provenientes desde el exterior del país, que tengan como destino final alguna localidad de Chubut, deberán cumplimentar “las exigencias y condiciones establecidas en la Decisión Administrativa N° 268/2021 dictada por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación en fecha 25 de marzo del corriente año”.

No podrán ingresar a Chubut ni circular, por cualquier vía, “las personas que revisten la condición de ´caso sospechoso´, ´caso confirmado´ de Covid-19 o los ´contactos estrechos de casos confirmados”, quienes deberán cumplir los días de aislamiento conforme lo previsto por el artículo 6 del DECNU 167/21”.

Por otro lado, las actividades religiosas y de culto se podrán llevar a cabo con asistencia de hasta un tercio de la capacidad del lugar de reunión y se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades nacionales.

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